1523 1716 1909 1937 1940

 

 

  

Carlos I, o primeiro: poucos anos despois de que os Reis Católicos creasen o Estado español. o rei Carlos I de España e V de Alemaña asinou a primeira lei contra as máscaras. Data de 1523 e expresábase textualmente así:

      Porque del traer de las máscaras resultan grandes males y se disimulan con ellas y encubren: mandamos que no haya enmascarados en el reyno, ni vaya con ellas ninguna persona disfrazada ni desconocida: so pena que el que las truxere de dia, y se disfrazare con ellas, si fuera persona baxa, le den cien azotes publicamente, y si fuere persona noble o honrada, le destierren de la ciudad y villa o lugar donde la truxere por seis meses, y si fuere noche, sea la pena doblada: que así lo executen los nuestros jueces, so pena de perdimiento de sus oficios.
        A Felipe V, recén triunfador da Guerra de Sucesión, o Carnaval fixolle menos gracia ou é que os seus validos lle pintaron moi negras as cousas. El foi quen asinou en 1716 un decreto tan radical que prohibía os bailes de máscaras incluso nos domicilios privados. A moda italiana comezaba a facer furor nos selectos círculos da corte e da nobreza. Por se a novidade arrastraba ós españois ó mal camiño, o rei Felipe ordenou:  
        En atención a que de pocos años a esta parte se han introducido en esta Corte, imitando los Carnavales de otras partes, diferentes bailes con máscaras, mezclándose muchas personas disfrazadas en varios trages, de que se han seguido innumerables ofensas a la Magestad Divina y gravísimos inconvenientes, por no ser conforme al genio y recato de la Nación Española, mando: que ninguna persona, vecino, morador, estante, o habitante de esta Corte, de qualquier estado, calidad, o condición que sea pueda tener ni admitir en su casa personas algunas para que con el título de carnaval o asamblea se diviertan, danzando con máscaras o sin ellas en este u otro tiempo del año, ni en qualquier forma. Pena de mil ducados a la persona que contraviniere a ello, además de que se procederá a otras graves conforme a la calidad de la persona.
        Estaba clara a decisión do monarca de que ninguén se divertise no Entroido.

      En febreiro de 1909 o alcalde de Santiago dicta un bando cun texto que nos pode servir como modelo da prosa regulamentista que gastaban os primeiros rexedores cando chegaba o Carnaval:

 
 

      El alcalde hace saber que, por razones de higiene, seguridad y comodidad del tránsito público, se prohibe:

1.- Que las máscaras circulen por las calles con disfraces que ofendan la moral o el buen gusto, ridiculicen a personalidades determinadas, ni menos con vestiduras que simbolicen instituciones respetables.

2.- Que usen armas de cualquier clase que sean, que entren con antifaz puesto en establecimientos públicos, que lo usen después de anochecer y que con sus acciones o palabras ofendan la religión, la moral o las buenas costumbres.

3.- También se prohíbe arrojar almendras, serpentinas, confeti, agua, polvos y, en general, cuanto cause molestia.

      Los agentes de mi autoridad podrán obligar a que se quite la máscara a toda persona que no guarde el decoro debido, cometa alguna falta, perturbe el orden o moleste al público.

      Las comparsas necesitan permiso de la Alcaldía para circular por la vía pública.

      La infracción de las disposiciones que anteceden será severamente corregida, para lo cual ordeno a los agentes de la autoridad procedan con la mayor energía.

        Despois dun bando así, do Carnaval xenuíno, da esencia do Entroido, quedaba moi pouco. Os rexedores impedían o contrapoder e a crítica da rúa. A cousa reducíase a domésticos bailes e desfiles para a xente ben situada socialmente, sen critica, sen ironía, sen inversión de normas, sen caos, sen batallas nin enzoufamentos... Todo moi regulamentado. que é xustamente. como se sabe, o contrario do Carnaval.

      O 6 de febreiro de 1937 os xornais galegos insertan unha circular datada en Valladolid e distribuída polos correspondentes gobernos civís:

 
        En atención a las circunstancias especiales por que atraviesa el país, momentos que aconsejan un retraimento en la exteriorización de alegrías internas, que se compaginan mal con la vida de sacrificios que debemos llevar, atentos solamente a que nada falte a nuestros hombres que velando por el honor y la salvación de España, luchan en el frente con tanto heroísmo, como abnegación y entusiasmo, este Go­bierno Civil ha resuelto suspender en absoluto las fiestas de Carnaval.

      Y a estos efectos encarezco a VE, tome las dispo­siciones oportunas para su exacto cumplimiento, evitando puedan celebrarse ninguna clase de estas fies­tas en días tan señalados en los que nuestro pensamiento debe estar de corazón al lado de los que sufren los rigores de la guerra y de los que ofrendan su vida en defensa de nuestra santa causa de redención. Dios guarde a VE. muchos años. Valladolid. Dos de febrero de 1937.El Gobernador General. Luis Valdés

 

      Este febreiro de 1937 é unha data triste e clave na historia do Carnaval español. En principio, o país está en guerra e a disposición prohibitiva é lóxica. Pero a guerra rematou e a prohibición mantívose e consolidouse. Triunfaban ultraconservadores e integristas e o Estado convertíase en confesional, co que o Entroido tiña a guerra declarada para moitos anos. O Boletín Oficial da Provincia da Coruña publicou en xaneiro de 1940 a seguinte circular do Goberno Civil:

 
        El Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, por orden del 12 del actual ha resuelto mantener la pro­hibición absoluta de la celebración de las fiestas de Carnaval. Y para su debido cumplimiento de cuanto anteriormente queda ordenado acuerdo prohibir no sólo los actos en la vía pública sino también todas las fiestas de sociedad o de empresas que acostum­braban a celebrarse en dichos días, entrando en esta prohibición terminantemente toda clase de bailes los días 4, 5 y 6 del mes próximo. Por tanto, encargo a la Guardia Civil, alcaldes y demás agentes depen­dientes de mi autoridad, vigilen el debido cumpli­miento de lo anteriormente transcrito.  La Coruña, 16 de enero de 1940. El Gobernador Civil. Emilio de Aspe Vaamonde.
        Non ten perda o texto das ameazas que verquía en 1951 a sinistra Dirección Xeral de Seguridade franquista:  
        Próxima la semana de quincuagésima y conti­nuando en vigor la prohibición de toda manifestación callejera de Carnaval, aunque tolerados en privado los bailes de sociedad con trajes de época que no constituyan disfraz, sin velar el rostro en ningún caso, o momentánea aparición en las calles de personas que con uno de dichos atuendos autorizados en su inevitable desplazamiento de ida y regreso, puedan servir de pretexto para presentarse en público arbitrariamente disfrazados con ropas astrosas unos e incurriendo otros en la poco original y recusable extravagancia de vestir prendas de su sexo contrario, la cara tiznada y dando muestras en chabacanas pandillas de una ruidosa euforia a la que no suele ser ajena la ingestión alcohólica, que les ayuda a vencer el pudor de su ridícula situación, para evitar estos excesos se recuerda la prohibición existente y se hace público que los agentes de la autoridad procederán a la detención de estos tozudos de mal gusto, que serán severamente sancionados.
        A volta que deu a vida española ó longo da transición tamén afectou aos Carnavais. Case por primeira vez na Historia, non había restriccións para as carnavaladas. O cambio foi de tal calibre que, en vista de que ás clases medias “urbanizadas” lles custaba botarse á rúa, foron os propios concellos os que promoveron a recuperación da festa da risa e da máscara. En vez de bandos restrictivos, publican agora os programas festivos de Carnaval.  

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